BASES CONCURSO
“CONOCE A DADDY YANKEE EN PARIS FLORIDA CENTER¨
PRIMERO: Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., en adelante indistintamente “CAT”, Rut N° 99.500.840-8, con el objetivo de beneficiar a los titulares de las Tarjetas Mas, emitidas por CAT, en adelante indistintamente” La Tarjeta”, realizarán una promoción denominada “ 100 entradas para conocer a Daddy Yankee en Paris Florida Center y 100 entradas individuales para asistir al concierto a realizarse el 12 de Julio de 2009” entre el 28 de junio y el 08 de Julio de 2009, ambas fechas inclusive.
SEGUNDO: Descripción y Mecánica del sorteo
La campaña promocional está dirigida a las personas naturales, clientes actuales y potenciales de “la Tarjeta” y cuya mecánica es la siguiente: “Por cada compra del perfume Daddy Yankee 100ml (SKU: 730663, precio oferta con Tarjeta Más: $29.990) utilizando como medio de pago La Tarjeta, en cualquier tienda Paris de todo Chile, “entre el 28 de junio y el 08 de julio del 2009, ambas fechas inclusive , tendrá una opción de participar en el sorteo, por tanto mientras mas veces compre y pague con “La Tarjeta”, más opciones tiene de ganar, uno de los siguientes premios:
El titular no recibirá ningún cupón ni raspe, sino que por el solo hecho de comprar el perfume en los lugares indicados precedentemente, ingresará al sistema para el sorteo en base a su número de Tarjeta y RUT.
Ante la suspensión de la visita de Daddy Yankee por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, el premio quedará sin validez alguna y no habrá derecho a reclamo o cambio de premio por parte de los ganadores
El total de premios a sortear es de 200.
El titular que resulte ganador solo podrá serlo de uno de los 200 premios que se sortearán.
TERCERO: Duración de la Promoción:
La vigencia de la promoción será desde las del día 28 de Junio de 2009 hasta el 08 de julio de 2009, ambas fechas inclusive
Con todo CAT podrá, modificar la duración de la campaña, sus fechas y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente y no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de CAT.
CUARTO: Requisitos
Quien resulte ganador de uno de los premios, únicamente podrá recibir el premio si cumple con los siguientes requisitos:
QUINTO: Sorteo
El sorteo se realizara ante Notario en las oficinas de Cencosud Administradora de Tarjetas, ubicadas en Agustinas 785 piso 4, Santiago, al azar en forma computacional el día 09 de julio de 2009. Las fechas y lugar de realización del sorteo podrán ser modificadas por razones de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas justificadas. Además, en la misma ocasión, se seleccionarán al azar otros 100 participantes adicionales, en adelante “Suplentes”, quienes podrán acceder al premio en forma sucesiva y excluyente. En caso que el primer o anterior ganador o seleccionado no cumpla con los requisitos y obligaciones que se señalan en las cláusulas de este instrumento o no fuere habido y ninguno de los Suplentes registrados cumplieren con lo señalado anteriormente, caducará irrevocablemente la obligación de CAT de hacer entrega de los premios respectivos.
SEXTO: Notificación de los ganadores
Luego del correspondiente sorteo, los ganadores serán notificados telefónicamente al día hábil siguiente del sorteo, De no encontrarse luego de intentar comunicación telefónica, caducará automática e irrevocablemente cualquier derecho a reclamo y al premio obtenido, procediéndose posteriormente a ubicar a quien hayan sido registrado como primero de los 100 Suplentes, cuyo orden de elección quedará registrado, para el solo efecto de que no pueda ser ubicado alguno de los ganadores iniciales. De tal forma en caso que no se ubique al ganador, la primera de estas cien personas pasará a ocupar el lugar del ganador, y así sucesivamente, según el orden de sorteo de éstos.
En cada llamada se le solicitará al ganador la información necesaria para su identificación. CAT declara expresamente que podrá ser ganador del concurso solamente el titular de alguna de Las Tarjetas dentro del período de vigencia del concurso.
En caso que el Suplente ganador Nº 100 registrado no se presente en los plazos señalados, caducará irrevocablemente la obligación de CAT de hacer entrega del premio respectivo.
SÉPTIMO: Entrega del Premio
La entrega del premio se realizará en un stand ubicado en Mall Florida Center, donde el ganador deberá presentarse personalmente con su cédula de identidad, los días 10 y 11 de Julio de 2009, entre las 11:00 y 20:00 hrs.
Los ganadores de uno de las entradas para conocer a Daddy Yankee en Paris Florida Center , obtener una foto del artista con su autógrafo y la posibilidad de sacarse una foto con él , deberán presentarse el día 13 de julio de 2009 a las 12:00 en el Mall Florida Center, estacionamiento G, tercer piso.
Los ganadores de esta promoción no podrán solicitar ni efectuar cambios de premios, ni canjes por el uso y ocupación de los premios ganados, ni dinero efectivo u otra alternativa.
Además, no pueden asistir al evento acompañados de otros adultos o niños. Los premios son INDIVIDUALES. Si el ganador, titular de la Tarjeta así lo desea, podrá transferir su premio a un familiar o amigo, lo que debe ser declarado al momento de que el ganador es informado de su premio, donde deberá entregar el nombre y RUT de la persona a quien desea transferirlo. En todo caso el premio no puede cederse a una persona menor de 16, quien además se hará responsable de sí mismo no cabiéndole responsabilidad ulterior alguna a Cencosud Administradora de Tarjetas S.A.
Serán de cargo y costo del ganador, todos los demás gastos, costos, derechos o impuestos de cualquier naturaleza que se devenguen con motivo del premio o su entrega y utilización.
CAT no será en ningún caso responsable por los servicios asociados al premio, siendo exclusivamente responsables quienes presten dichos servicios. Tampoco será responsable de los daños o perjuicios eventuales que sufrieren los ganadores derivados del uso del premio.
OCTAVO: Responsabilidad de los participantes:
Los ganadores de la promoción autorizan irrevocablemente a CAT para difundir sus nombres e imágenes en los medios de comunicación que estime convenientes sin derecho a compensación alguna por ello. En caso que CAT así lo requiera los ganadores de la promoción deberán presentarse para la filmación de comerciales de televisión o para la toma de sesiones fotográficas, lo que podrá ser exigido por CAT como condición para la entrega del premio.
Adicionalmente, los ganadores se obligan a completar todos los formularios o bases de datos que CAT, ya sea directamente o través de un tercero, estime necesarios al efecto, debiendo entregarlos en los plazos que estos fijen. La no observancia de esta obligación por parte de los ganadores, implicara que renuncian al premio en forma irrevocable, extinguiéndose la obligación de CAT de entregarlo, sin derecho a ningún tipo de reclamo, compensación o indemnización.
Se entenderá que toda persona que participe en esta promoción ha conocido y aceptado estas bases a su entera satisfacción, no pudiendo aducir desconocimiento de las mismas. Por lo tanto la aplicación de ellas no dará derecho a reclamo alguno en contra de CAT o de cualquier empresa del Grupo Cencosud, ni de sus ejecutivos, trabajadores o personeros, especialmente en el caso que se niegue la entrega del premio, por estimarse que al respecto no se han cumplido las reglas establecidas en estas bases.
CAT y Cencosud S.A. se reservan el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, tales como falsificación, suplantación de personas, adulteración de la información etc.
NOVENO : Exclusiones
No podrán participar en el sorteo los funcionarios, dependientes o contratistas de CAT.
DECIMO: Otros Antecedentes
El traslado de los ganadores de regiones a Santiago, al lugar del evento, y su alojamiento, si correspondiere, será de cargo del ganador.
Los ganadores no podrán llevar efectos personales al momento de subir al escenario con Daddy Yankee, no se permiten cámaras de fotos, cámaras de video ni celulares. Solo se permitirá que el artista firme la foto oficial, la cuál será entregada a cada uno de los ganadores, correspondiendo una firma por ganador en el objeto antes señalado. Por lo tanto queda prohibido para los ganadores, la solicitud de alguna firma adicional a la antes ya indicada.
Cualquier posible reclamo por problemas en la presentación de algún servicio brindado por una tercera empresa, es de exclusiva responsabilidad de ésta, debiendo entenderse los ganadores con esta última para la solución del problema.
CAT no se responsabiliza por cualquier accidente, robo o problema que puedan tener los ganadores en el momento de la firma del autógrafo o en el recital.
La inobservancia de cualquier obligación establecida en las presentes bases por parte de un participante o el incumplimiento de algunos de los requisitos exigidos en la presente base, implicará su exclusión de la presente campaña, del sorteo y la renuncia al premio en forma irrevocable, extinguiéndose la obligación de CAT de pagarlo, sin derecho a ningún tipo de reclamo, compensación o indemnización.
En estos casos, CAT podrá a su elección dejar sin efecto el sorteo, declararlo desierto, o bien efectuar un nuevo sorteo.
Lo anterior se aplicará especialmente en todos los casos en que conforme a estas bases el ganador pierde sus derechos al premio o se entienda que ha renunciado al mismo, así como al caso en que el ganador no pueda ser localizado o no se presenta dentro del plazo aludido en la cláusula Séptima . CAT, se reserva el derecho de modificar las bases de esta promoción en forma total o parcial, debiendo comunicar dicha circunstancia mediante la protocolización de las modificaciones en la Notaría donde fueron protocolizadas las bases.
Para todo lo que no se mencione expresamente en estas bases, rigen las normas establecidas en el Código Civil referente al tema.
Una copia de las presentes bases será protocolizada en los Registros del Notario Público de Santiago don Juan Facuse.
Se faculta al portador de estas bases para requerir su protocolización en la Notaría antes señalada.
Verónica Puente
Cencosud Administradora de Tarjetas
Santiago de Chile